Saltar al contenido principal

Ruta de Navegación

Button Container

264 - El pueblo Mbyá Guaraní exige la reparación e indemnización por los daños ocasionados por la construcción de la represa Yacyretá y su funcionamiento. - PARAGUAY Búsqueda [ ]

 

Datos generales

El pueblo Mbyá Guaraní exige la reparación e indemnización por los daños ocasionados por la construcción de la represa Yacyretá y su funcionamiento.
PARAGUAY
Sudamérica(3)
6.954.00 *1
117.150 *2
Rural
1. Constitución Nacional 1992, (Art. 38, 62,64, 66, 77, 65, 140) 2. Estatuto Agrario (L.1863/2002) 3. Estatuto de Comunidades Indígenas Ley 904/1981
1. Convenio 169 de la OIT, ratificado el 02/02/1994.
2. Convenio sobre Diversidad Biológica (L. 253/193)
1. Instituto Nacional del Indígena
2. Secretarías de Asuntos y Desarrollo Indígenas de las Gobernaciones (SADI)
1. Comisión por la Autodeterminación de los Pueblos Indígenas (CAPI).
2. Consejo de Coordinación de Organizaciones Nativas (CCON).
3. Asamblea de la Coordinadora de Líderes del Bajo Chaco (CLIBCH).
4. Federación Nacional Campesina (FNC).
5. Consejo Indígena Misionero (CIMI).
6. Vía Campesina
7. Mesa Coordinadora Nacional de Organizaciones Campesinas (MNOC).
8. Movimiento Campesino Paraguayo (MCP).
9. Organización de Lucha por la Tierra (OLT).
10. Coordinadora Nacional de Mujeres Rurales (CONAMURI).
1. Centro por la justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).
2. Tierra Viva|
2019
 

Ubicación

 

Dinámica del conflicto

Indígenas Myba guarani exigen indemnización y auditorías a la Entidad Binacional Yacyretá por la construcción de la hidroeléctrica.
Territorios ribereños y aledaños al Río Paraná
Firma del acuerdo entre Argentina y Paraguay que da origen a la Entidad Binacional Yaciretá para la construcción de una represa hidroeléctrica. Proyecto implementado sin tomar en cuenta los estudios de impacto social y ambiental y sin la consulta ni consentimiento de los pueblos indígenas que afectados.
1. Indígenas Myba guarani
2. Gobierno de Argentina y Paraguay.
3. Banco Mundial (BM).
4. Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
5. Entidad Binacional Yacyreta (EBY).
6. Comisión especial de seguimiento obras Yacyreta.
7. Honorable Cámara de Diputados.
Tierra y territorio. Agua
1. Indemnización por los daños provocados, los desplazamientos e inundaciones.
Desplazamiento forzado
Degradación medioambiental
Que el Estado continue sin hacer justicia al negarles la reparación económica que merecen por las consecuencias de la construcción de la represa y las inundaciones causadas por su funcionamiento.
1. Instituto del Medio Ambiente
2. Instituto Nacional del Indígena
3. Servicio Jurídico Integral para el Desarrollo Agrario (SEIJA)
Entidad Binacional Yacyretá
La represa Yacyretá es un proyecto conjunto entre Argentina y Paraguay para el aprovechamiento hidroeléctrico del río Paraná, administrado por la Entidad Binacional Yacyreta (EBY) y se encuentra a 90 km de las ciudades de Encarnación, en Paraguay y Posadas, en Argentina.
En 1973 se firmó el tratado binacional y al año siguiente sería creada la EBY, con el ordenamiento de diseñar, construir e implementar el proyecto. Las obras iniciaron en 1984 y parte de ellas se concluyeron en 1992*6.
En 1993 la Fundación Vida Silvestre Argentina realizó el primer estudio de impacto ambiental y advirtiendo del grave impacto de la obra, que afectaría a unos 50.000 pobladores rurales y urbanos con el deterioro del estado sanitario, pesquerías locales, y la inundación de valiosos yacimientos arqueológicos y ecosistemas naturales, incluidas unas 300 islas*6.
En 1994 se realizó el primer llenado del embalase lo que provocó la inundación de 123,000 hectáreas, aproximadamente, afectando a campesinos indígenas y eliminando flora y fauna.
Yacyretá provocó el desplazamiento forzoso de numerosas familias guaraníes de islas y de tierra firme. Selvas, tierras productivas y barrios enteros quedaron bajo las aguas del Paraná represado y con altos niveles de contaminación. Con la crecida del Río Paraná, pueblos indígenas que utilizaban el río y el monte para asegurar su sustento, cultura y espiritualidad quedaron sin nada y no recibieron compensación alguna*5.
Las personas que abandonaron sus hogares antes de ser obligados, por considerar que estaban siendo violadas sus normas sagradas, no aparecieron en los censos de los afectados por las obras*4.

La represa también provocó el desplazamiento de comunidades indígenas Mbya-Guaraní desde islas en el río Paraná hasta una parcela pequeña de 370 hectáreas en Pindó. La inundación de la zona causó la destrucción de sus bosques y sus recursos de pesca en el sur del territorio Mbyá-Guaraní. En este caso tampoco hubo una indemnización consecuente con los daños*7.

En 2013 el Instituto Nacional Indígena reconoció el daño que causó a los Mbya Guaraní la construcción de Yacyretá, en los departamentos de Itapúa, Caazapá y Misiones. También admitió que al realizarse el acuerdo binacional se violaron leyes vigentes en materia indígena, tales como el Convenio 107 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que establecía ##no deberá trasladarse a las poblaciones en cuestión de sus territorios habituales sin su libre consentimiento## (Artículo 12.1). Asimismo, aceptaron que la construcción de la hidroeléctrica trajo como consecuencia para los Mbya Guaraní, la perdida de territorio, el desplazamiento y la falta de resarcimiento por los daños ocasionados, pues el Estado paraguayo ##permitió la presión poblacional y la especulación inmobiliaria, obligando a las familias indígenas a huir al monte o a lugares más aislados##, mientras que otras tuvieron que desplazarse a diversas zonas. En este sentido, y ante las demandas de los pueblos y estudios antropológicos realizados, el INDI reconoce como territorio tradicional Mbya Guaraní Eltekoha Guasu, conocido como Reserva para Parque San Rafael ##declarándose de interés institucional por la importancia sociocultural que dicha zona representa para el mencionado pueblo##3.
El INDI declaró sus intenciones de iniciar acciones legales en los campos administrativo y judicial para asegurar parte del territorio actual Mbyá Guaraní, en compensación a las tierras e islas que desaparecieron a consecuencia de la represa*3
Sin embargo los afectados siguen pidiendo que se le realicen auditorías a la EBY respecto a las afectaciones sociales y ambientales y que el gobierno apoye la iniciativa popular de que la Entidad sea intervenida por la Fiscalía General de la República. Estas exigencias tienen de fondo que les sea dada una restitución económica por los daños sufridos. *8
Violencia estructural (directa)
Violencia silenciosa o en complicidad (indirecta).
Violencia cultural (directa e indirecta)
Violencia física (directa)
Derecho a la tierra y el territorio; DESCA; derecho a una vivienda adecuada; derecho a un medio ambiente sano; se violó el principio de la legalidad.
 

Intensificación del conflicto

Mybá Guaraní
1. Gestación: En 1973 se firma el acuerdo binacional, pero la construcción del proyecto de la represa comienza a ser construido en 1984 y las primeras obras para empezar a funcionar se concluyen en 1992. Todo sin la consulta de los pueblos que vivian en las zonas costeras y territorios aledaños.

2. Maduración: En 1994 comienza a funcionar la presa, con un embalse que inunda más de 123,000 has. Comunidades del pueblo indígena Mbyá Guaraní son desplazadas por las afectaciones de la inundación, sus territorios quedaron bajo el agua.

3.Recrudecimiento: Desde el 2006, las comunidades prevían el llenado del embalse a su cota máxima de 83m. Lo cual inundaría otros 500km2. En el 2011, finalmente se llena el embalse a su capacidad máxima, provocando graves impactos ambientales y sociales. Todavía, al 2019, siguen exigiendo la reparación por los daños ocasionados por la construcción de la represa.
Marchas; denuncias nacionales e internacionales y ciberactivismo
Denuncias ante Comisión de Derechos Humanos (CDH).
1. Comisión de Derechos Humanos del Paraguay (CODEHUPY).
2. Organizaciones territoriales del amazonas (COICA).
3. Grupo de Reflexión Rural (GRR).
1. Ciberactivismo en las revistas electrónicas: www.guarani-raity.com www.mre.gov.py/es/ www.alertanet.org www.argentina.indymedia.org www.servindi.org www.cid.gob.mx www.viacampesina.org/ www.lacoctelera.com www.clacso.org www.codehupy.org www.ircamericas.org www.cde.org.py www.forosocialamericas.org www.quechuanetwork.org
 

Negociación del conflicto

1. Gobierno de Argentina y Paraguay.
2. Comisión especial de seguimiento obras Yacyreta.
3. Honorable Cámara de Diputados.
4. Misión Investigadora y delegados de la Red Internacional de Información y Acción por el Derecho Humano a Alimentarse (FAIN)
Visita internacional de la Misión Investigadora y delegados de la Red Internacional de Información y Acción por el Derecho Humano a Alimentarse (FAIN).
Jurídico-políticas: Reconocer los Derechos de los pueblos indígenas adoptados por la constitución (Art. 119, 121 y 260).
Someterse y respetar las normativas internacionales en materia de derechos humanos y derechos de los pueblos indígenas.
Vinculantes: Adoptar mecanismo aprobados en el Convenio 169 de la OIT. No Vinculantes: Resolver favorablemente las solicitudes de reivindicación de tierras planteadas por las comunidades indígenas en trámite ante la autoría, Comisión Internacional de Derechos Humanos (Tercer informe sobre Derechos Humanos, Paraguay, 2002).
 

Criminalización de la protesta

No
No hay represión
No hay represión
No hay represión
No hay represión
 

Ejes y caracteristicas

 

Fuentes

*1. https://www.ipsos.com/sites/default/files/ct/publication/documents/2018-02/ipsos_estadistica_poblacional-vff.pdf
*2. No existe un dato oficial dado que no se contempla la variable étnica en el censo. Fuente: https://es.wikipedia.org/wiki/Composici%C3%B3n_%C3%A9tnica_del_Per%C3%BA

https://elpais.com/internacional/2018/12/05/actualidad/1544048063_158616.html
https://elcomercio.pe/peru/loreto/loreto-afectados-actividad-petrolera-anuncia-paro-indefinido-noticia-610553
https://es.mongabay.com/2018/02/peru-derrame-de-petroleo-en-lote-192/
https://wayka.pe/loreto-comunidades-indigenas-20-dias-al-ejecutivo-para-responder-a-dano-petrolero/
https://www.indeci.gob.pe/wp-content/uploads/2019/02/20190211114224.pdf