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212 - Defensa de la tierra tras la construcción del parque eólico en Juchitán - MÉXICO
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Datos generales
Título
Defensa de la tierra tras la construcción del parque eólico en Juchitán
Pais
MÉXICO
Región del conflicto
Norteamérica
Población
93,038
Población indígena
79,719
Tipo de población
Rural
Reconocimiento jurídico A. Nacional
1. Art. 25 2. Art. 29 fracción 3 3. Art. 32, fracción 2
Reconocimiento jurídico B. Internacional
1-Convenio 169 de la OIT
Institución indigenista
Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI)
Organizaciones indígenas representativas
Asamblea de Pueblos Indígenas del Istmo oaxaqueño en Defensa de la Tierra y el Territorio APIIT DTT
ONG's
Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad
Año de actualización
2018
Ubicación
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Dinámica del conflicto
Denominación del conflicto
Defensa del territorio de pueblos del Istmo ante la construcción de parque eólico en la región
Localización
Juchitán de Zaragoza, Oaxaca
Causa del conflicto
El megaproyecto se inicio sin cumplir el requisito de brindar información y consultar a la comunidad Oaxaqueña
Actores involucrados
1.- Asamblea de pueblos de Juchitán 2.- Asamblea de pueblos indígenas del itsmo oaxaqueño en defensa de la tierra y el territorio 3.- Eólica del sur
Recursos en conflicto
1.- Territorio
Demandas principales
El reconocimiento hacia la comunidad de Juchitan y que los procesos sean realizados de forma correcta y sin violentar sus derechos
Tipo de afectación
Daño ambiental, explotación de recursos naturales, deforestación
Afectación potencial (riesgos)
Afectación de la naturaleza
Instituciones nacionales involucradas
1.Secretaría de Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable (SEMAEDESO)
Empresas involucradas
Eólica del Sur
Descripción del conflicto
La SCJN falla a favor de los indígenas de Juchitán para realizar una consulta e informar a la población zapoteca. Se detiene la obra de parque eólicos ( con un 40% de avance); proceso que lleva alrededor de dos años tratando de solucionar.debido a que este se encuentra en la fase de información y consulta
Tipos de violencia
Violencia en complicidad
Derechos violados
Violación al derecho a la consulta y consentimiento libre, previo e informado: no hubo claridad en el periodo de información.
Intensificación del conflicto
Pueblos indígenas
Zapotecos
Fases del conflicto
1.- En 2015, inicia la construcción de parque eólico sin consultar a la comunidad 2.- septiembre 2017. Interponen amparo debido a que la empresa energética, no había realizado la consulta previa 3.- enero 2018.SCJN falla a favor de los indígenas de Juchitán y en contra de parque eólico
Acciones colectivas de resistencia A. Nacional
Se interpuso amparo para detener la construcción y llevar a consulta
Acciones colectivas de resistencia B. Internacional
No hay registro
Alianzas
No hay registro
Recursos simbólicos y vis. política
No hay registro
Negociación del conflicto
Actores mediadores
UCCS (Unión de científicos comprometidos con la sociedad)
Métodos de negociación política
No hay mediación del conflicto
Propuestas de solución jurídico A. Nacional
No hay mediación del conflicto
Propuestas de solución jurídico B. Internacional
No hay registro
Recomendaciones
No hay registro
Criminalización de la protesta
Ha habido represión
No
Formas de represión
Descripción de la represión
No hay represión
Responsable y operadores directo(s) de la represión
No hay represión
Derechos que han sido violados
Derecho a la consulta previa, libre e informada
Acciones colectivas de respuesta a la represión
No hay represión
Ejes y caracteristicas
Ejes
Eje I, Recursos naturales, territorio y desplazamiento
Eje II, Empresas nacionales y transnacionales
Eje V, Medio ambiente
Caracteristicas
Megaproyectos y territorio
Ecocidio
Parques eólicos
Territorio
Fuentes
Fuentes
*1.https://consultaindigenajuchitan.wordpress.com/ *2.http://www.nvinoticias.com/nota/87362/aprobación-indígena-condiciona-instalación-de-eólica-en-union-hidalgo-oaxaca-semaedeso